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Especialidad de Medicina del trabajo:
La viglancia de la salud de los trabajadores, en función
de los riesgos inherentes a su puesto de trabajo, es un derecho
que, como establece la Ley de Preveción de Riesgos
Laborales, debe garantizar el empresario a los trabajadores
a su servicio.
Para ello se realizan a todos los trabajadores los reconocimientos
médicos iniciales y periódicos, con todas las
pruebas complementarias y analíticas que sea preciso.
De esta vigilancia se deriva la determinación de la
aptitud médica de cada trabajador, en relación
con los riesgos de su puesto de trabajo, así como la
detección precoz de posibles efectos perjudiciales
sobre el mismo de las condiciones de trabajo, evitándose
para la empresa los perjuicios de no prevenir a tiempo estos
efectos.
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