Especialidad de Medicina del trabajo:

La viglancia de la salud de los trabajadores, en función de los riesgos inherentes a su puesto de trabajo, es un derecho que, como establece la Ley de Preveción de Riesgos Laborales, debe garantizar el empresario a los trabajadores a su servicio.

Para ello se realizan a todos los trabajadores los reconocimientos médicos iniciales y periódicos, con todas las pruebas complementarias y analíticas que sea preciso.

De esta vigilancia se deriva la determinación de la aptitud médica de cada trabajador, en relación con los riesgos de su puesto de trabajo, así como la detección precoz de posibles efectos perjudiciales sobre el mismo de las condiciones de trabajo, evitándose para la empresa los perjuicios de no prevenir a tiempo estos efectos.

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