PREVENCIÓN HOY


La publicación de la Ley 31/1995, de 8 noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales (L.P.R.L.), por la que se promueve la seguridad y la salud de los trabajadores mediante la aplicación de medidas y el desarrollo de las actividades necesarias para la prevención de riesgos derivados del trabajo, hace responsable al empresario de la protección de los trabajadores frente a los riesgos del trabajo.

En el Reglamento de los Servicios de Prevención, que desarrolla el contenido de la L.P.R.L., se exige la implantación de una serie de actuaciones preventivas en su empresa que deben ser cubiertas por los servicios especializados de las siguientes áreas: Seguridad en el trabajo, Higiene industrial, Ergonomía y Psicosociología aplicada y Medicina del trabajo.

La aplicación de estas cuatro especialidades en cada uno de los puestos de trabajo existentes en el centro de trabajo es el camino a seguir para implantar correctamente la prevención en su empresa.

Especialidad de Seguridad en el trabajo:

Con la implantación de las actividades propias de esta especialidad en su empresa, se tiene por objeto evitar y, en su caso, eliminar o minimizar los riesgos que puedan conducir a la materialización de accidentes con ocasión del trabajo. En la aplicación de esta especialidad se desarrollan las técnicas de prevención de riesgos de los accidentes de trabajo motivados por las condiciones materiales que influyen sobre la accidentabilidad y las condiciones de seguridad del entorno del puesto de trabajo, y cómo éste puede afectar al trabajador.


Especialidad de Higiene industrial:

En la aplicación de esta especialidad, como técnica de prevención de las enfermedades profesionales, se identifican y valoran los factores de riesgo originados por los contaminantes físicos, químicos y biológicos que se encuentran en el centro de trabajo y que pueden afectar a los trabajadores, al objeto de su reducción o eliminación. Esto implica la realización de las mediciones higiénicas que se estimen oportunas. Se evalúa la exposición de los trabajadores a estos contaminantes y los problemas de salud que pueden generar.

Especialidad de Ergonomía y Psicosociología aplicada:


Con la implantación de las técnicas preventivas que constituyen el ámbito de actuación de esta especialidad se tiene por objeto la adaptación del trabajo que se realiza en su empresa a las condiciones de los trabajadores, estudiando y diseñando los puestos de trabajo, sus procesos y los equipos de trabajo de acuerdo a las características del trabajador, a fin de conseguir el máximo confort y rendimiento en unas condiciones óptimas del entorno de trabajo.

Además, se consideran los factores de riesgo derivados de la organización del trabajo, considerando los factores de organización temporal y los factores dependientes de la tarea.

Especialidad de Medicina del trabajo:

La viglancia de la salud de los trabajadores, en función de los riesgos inherentes a su puesto de trabajo, es un derecho que, como establece la Ley de Preveción de Riesgos Laborales, debe garantizar el empresario a los trabajadores a su servicio.

Para ello se realizan a todos los trabajadores los reconocimientos médicos iniciales y periódicos, con todas las pruebas complementarias y analíticas que sea preciso.

De esta vigilancia se deriva la determinación de la aptitud médica de cada trabajador, en relación con los riesgos de su puesto de trabajo, así como la detección precoz de posibles efectos perjudiciales sobre el mismo de las condiciones de trabajo, evitándose para la empresa los perjuicios de no prevenir a tiempo estos efectos.


Planes de actuación


Otras actuaciones preventivas a las que se le asigna gran importancia en L.P.R.L. es la información y formación que deben recibir los trabajadores, que tienen como objetivo la protección de los mismos frente a los posibles riesgos que se puedan derivar de su puesto de trabajo.

Por último, y para el cumplimiento en su empresa con el art. 20 de la L.P.R.L., en la que se indica la obligatoriedad por parte del empresario de tener adoptadas una serie de medidas de emergencia, se desarrolla un Plan de Autoprotección que engloba como parte importante un Plan de Emergencia, en el que quedan reflejadas todas las actuaciones y procedimientos necesarios a implantar respecto a la alarma, la extinción y la evacuación en situaciones graves de emergencia.

Gestisa Prevención le facilita el cumplimiento de todos estos requisitos en su empresa, de la forma más fácil y cómoda posible y, siempre, sin problemas.


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